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Regularización extraordinaria 2026: qué pasa ahora
El plazo para pedirla terminó el 30 de junio de 2026 y no se ha ampliado. Si la presentaste, te explicamos qué viene; si no llegaste, el arraigo ordinario sigue abierto.
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¿Se puede pedir todavía la regularización extraordinaria de 2026?
No. El Real Decreto 316/2026 solo permitía pedirla hasta el 30 de junio de 2026, y el Gobierno dio el proceso por terminado ese día, con 1.174.978 solicitudes. Quien la presentó en plazo espera resolución; quien no, puede mirar el arraigo ordinario, que pide en general dos años en España.
¿Cuánto tarda la resolución y qué pasa mientras?
La Administración tiene tres meses desde que la solicitud entra en su registro, y el plazo puede suspenderse. Si no notifica en ese plazo, se entiende denegada por silencio. Mientras tanto, desde la comunicación de inicio del procedimiento puedes residir y trabajar de forma provisional en toda España.
- El justificante de haber presentado la solicitud no es la comunicación de inicio: esa la envía la Unidad de Tramitación, y con ella llegan de oficio el número de la Seguridad Social y la asistencia sanitaria.
- Si te piden documentación, tienes como máximo quince días para aportarla; si no, se archiva la solicitud.
- Las subsanaciones en persona se pudieron hacer en oficinas de Correos seleccionadas hasta el 30 de septiembre de 2026, solo para solicitudes presentadas en plazo; ese plazo ya ha terminado.
- Si pasan los tres meses sin respuesta, no des por perdido el permiso provisional sin mirarlo con tu expediente delante: en julio de 2026 la Dirección General de Gestión Migratoria emitió un criterio sobre su vigencia.
¿Qué hago cuando me la conceden?
Pedir la tarjeta de identidad de extranjero en persona, en la Policía, en el mes siguiente a la concesión. En la provincia de Zaragoza se expide en la Brigada Provincial de Extranjería (avenida de Valencia, 50) y en la Comisaría de Calatayud. La autorización dura un año y permite trabajar en toda España.
Al acabar el año, en los dos meses antes de que caduque, hay que pedir el paso a otra autorización (una «modificación» del artículo 191 del Reglamento). Si no se puede, cabe una prórroga de un año acreditando búsqueda activa de empleo o con un informe de esfuerzo de integración, o de cuatro años si hay enfermedad grave, discapacidad o edad de jubilación. Ojo: solo vale para España, no para trabajar en el resto de la Unión Europea.
¿Y si me la deniegan?
Lee bien la resolución: al final dice qué recurso cabe, ante quién y en qué plazo, y ese plazo es corto. Con la denegación expresa se pierde en el acto el permiso provisional para trabajar. Tráenos la resolución en cuanto la recibas y vemos si merece la pena recurrir o buscar otra vía.
¿Qué puedo hacer si no la pedí?
Mirar el arraigo ordinario del Reglamento de Extranjería: pide, en general, dos años seguidos en España, no tener antecedentes y no tener otro trámite en curso, más los requisitos de cada modalidad. El arraigo familiar no pide tiempo mínimo. Hay otras vías excepcionales, como la colaboración con la Inspección de Trabajo.
Lo tienes todo en la página del arraigo y sus cinco modalidades.
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Más dudas sobre la regularización
¿Cuántas solicitudes se presentaron?
1.174.978, según el balance del Gobierno del 2 de julio de 2026, de las que 609.737 ya estaban tramitadas. El 83,2 % se presentó por internet, y el 58 % de esas las presentaron abogados.
¿Y mis hijos menores?
Su solicitud se presentaba a la vez que la del padre o la madre. Estaban exentos de los dos años de permanencia, pero se les pedían los cinco meses seguidos en España.
Ya tenía un arraigo pedido, ¿tenía que presentar la regularización?
No: la solicitud que ya estaba presentada seguía su curso. Y las de circunstancias excepcionales presentadas entre el 20 de mayo de 2025 y el 16 de abril de 2026 que sigan en trámite se resuelven con los requisitos rebajados de la regularización.
De dónde sale lo que dice esta página
- Real Decreto 316/2026, de 14 de abril (regularización extraordinaria)
- La Moncloa: preguntas y respuestas de la regularización (Ministerio de Inclusión)
- La Moncloa: balance de la regularización, 2 de julio de 2026
- Revista de la Seguridad Social: preguntas y respuestas
- Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), texto consolidado en el BOE
- Policía Nacional: oficinas de trámites de extranjería en Zaragoza
Consultadas el 13 de septiembre de 2026. Es información general: cada caso se estudia con sus papeles.
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