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La residencia de tus hijos menores
Nacer en España no da por sí solo la nacionalidad ni la residencia. El camino cambia según dónde haya nacido el menor, y hay plazos que conviene no dejar pasar.
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¿Qué hay que hacer si tu hijo nace en España?
Pedir su autorización de residencia de menor nacido en España en los seis meses siguientes al nacimiento, o desde que el padre o la madre obtengan la residencia, si es después. La pide personalmente el padre o la madre, no necesita visado y dura cinco años. En edad escolar hay que acreditar la matrícula.
Nacido en España o nacido fuera
Nacido en España
Hijo soltero de padres extranjeros con residencia: autorización de cinco años, sin visado, pedida en los seis meses siguientes al nacimiento. Si ha salido de España desde que nació, la vía es la reagrupación.
No nacido en España
Hijos solteros menores de 18 años que viven con el padre o la madre residente: hacen falta dos años seguidos en España y que los padres tengan los medios y la vivienda que pide la reagrupación.
La documentación
El pasaporte del menor y del padre o la madre que lo pide, y el certificado de nacimiento.
Escolarización
Si el menor está en edad de escolarización obligatoria, hay que acreditar que está matriculado en un centro autorizado.
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Más dudas sobre la residencia de los menores
Mi hijo cumple 18 años pronto, ¿qué pasa?
Hay que prever el paso a una autorización propia antes de que ocurra. Avísanos con tiempo y lo dejamos planificado.
¿Mi hijo es español por nacer aquí?
No por sí solo, salvo casos concretos del Código Civil. Pero quien nace en España puede pedir la nacionalidad con solo un año de residencia legal.
De dónde sale lo que dice esta página
- Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), texto consolidado en el BOE
- Código Civil, artículos 17 a 23
Consultadas el 13 de septiembre de 2026. Es información general: cada caso se estudia con sus papeles.
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